El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 182 de 2026, con el que el Gobierno Nacional buscaba trasladar millones de usuarios a otras entidades, al considerar que sus posibles efectos representarían mayores riesgos que beneficios para el sistema de salud. El alto tribunal advirtió una eventual afectación al derecho fundamental a la salud y a la libre escogencia de EPS. En el Huila, la medida habría dejado a la Nueva EPS como única operadora en 24 de los 37 municipios del departamento.
El polémico Decreto 182 de 2026, con el que el Gobierno de Gustavo Petro buscó reorganizar el sistema de afiliación de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y concentrar la atención de millones de usuarios en operadores específicos, principalmente en la Nueva EPS, pende de un hilo.
Su llegada al “purgatorio” se dio por decisión de la Sección Primera del Consejo de Estado, que ordenó la suspensión provisional —tras una demanda de nulidad interpuesta por la congresista Katherine Miranda—, sustentada en un auto de 78 páginas y que se suma a una medida previa del Tribunal Administrativo de Antioquia, que ya había suspendido su aplicación dentro de una acción popular, al advertir riesgos en la prestación del servicio y posibles afectaciones a derechos fundamentales.
En ambos procesos, las medidas cautelares se mantendrán vigentes hasta que exista una decisión de fondo.
Razones
Según el alto tribunal, de manera preliminar, el acto administrativo genera una supuesta afectación desproporcionada al derecho fundamental a la salud, ya que los posibles beneficios administrativos o financieros del rediseño del sistema no compensan los riesgos sobre la atención de los pacientes.
Pero también habría presuntamente transgredido el principio de libre escogencia de los usuarios y podría generar impactos en la accesibilidad, disponibilidad, calidad y continuidad del servicio de salud, principios establecidos en el artículo 49 de la Constitución Política y desarrollados por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Ley Estatutaria 1751 de 2015.
“Se advierte, de manera preliminar, que el impacto sobre los derechos de los usuarios resulta superior al beneficio que se pretende obtener, habida cuenta de que las medidas examinadas restringen de forma intensa el derecho fundamental a la salud, así como la libre elección de EPS, generando con ello riesgos ciertos que afectan los principios de accesibilidad, oportunidad, integralidad y continuidad en la prestación del servicio”, se lee en el auto.
Sobrecarga
Y es que, en varios territorios, como el Huila, la Nueva EPS absorbería la mayoría de los afiliados, lo que dejaría sin alternativas reales de elección a los usuarios. El magistrado Daniel Montero Betancur señaló que esta situación podría generar una presión excesiva sobre la capacidad operativa de la entidad, especialmente en regiones con menor infraestructura en salud.
La advertencia fue apoyada por los colegios médicos de Antioquia, Santander, Cauca, Cundinamarca y Bogotá, que afirmaron que la reorganización podría profundizar las dificultades del sistema, especialmente en la red hospitalaria y en la atención primaria.
A lo anterior se incorpora un elemento fundamental: la situación financiera de la entidad de salud que, de acuerdo con los informes citados en el proceso, presenta un patrimonio negativo, incumplimiento de capital mínimo y déficit en reservas técnicas.
Bajo esa lógica, el fallo deja claro que estos indicadores reflejan una debilidad estructural para asumir un incremento masivo de afiliados, especialmente en un contexto de alta demanda de servicios y aumento de tutelas. Además, se reportó un crecimiento significativo en quejas y reclamos, pues, según el observatorio Así Vamos en Salud, la entidad registró más de 38.000 peticiones, quejas y reclamos en agosto de 2025.

Nueva EPS acapararía el aseguramiento en el Huila
En el caso del departamento opita, la aplicación del decreto profundizaría la concentración del aseguramiento en salud, especialmente en la Nueva EPS, que habría pasado a ser la principal prestadora del servicio en buena parte del territorio, operando como única entidad en 24 de los 37 municipios. Mientras tanto, otras entidades como EPS Sanitas, Salud Total, Asmetsalud y Coosalud EPS habrían reducido significativamente su presencia territorial o incluso salido de varias localidades.
En Neiva se habrían mantenido, en el régimen subsidiado, Pijaos Salud EPSI, Nueva EPS y EPS Sanitas, mientras que en el contributivo habrían permanecido únicamente Nueva EPS y EPS Sanitas. Por fuera habrían quedado Salud Total EPS, EPS SOS, Famisanar y Cajacopi EPS.
En Acevedo, el sistema se habría reducido a Nueva EPS y Sanitas, operando tanto en el subsidiado como en el contributivo, mientras Asmetsalud habría salido del municipio.
El Agrado habría quedado con un esquema aún más concentrado, en el que la Nueva EPS habría sido la única entidad en ambos regímenes. Una situación similar se habría presentado en Aipe, donde además habrían salido EPS Sura y Sanitas.
Algeciras habría conservado la presencia de Nueva EPS y Sanitas, aunque Salud Total EPS habría perdido su habilitación en el subsidiado. Altamira, por su parte, habría quedado exclusivamente en manos de la Nueva EPS tras la salida de Sanitas.
Baraya habría mantenido a la Nueva EPS en los dos regímenes, mientras Sanitas y Asmetsalud habrían dejado de operar. Campoalegre habría conservado a Nueva EPS y Sanitas, pero sin Asmetsalud, y en el municipio de Colombia la Nueva EPS habría sido la única habilitada.
Algo similar habría ocurrido en Elías, donde solo habría permanecido la Nueva EPS tras la salida de Sanitas y Asmetsalud. Garzón habría conservado dos actores, Nueva EPS y Sanitas, aunque habrían dejado de operar Salud Total EPS, Asmetsalud y Emssanar EPS.
Guadalupe, Hobo e Íquira habrían quedado exclusivamente bajo la prestación de la Nueva EPS. A su vez, Isnos habría mantenido a Nueva EPS y Sanitas, mientras Asmetsalud habría perdido autorización.
La Argentina habría conservado un esquema mixto con Mallamas EPSI y Nueva EPS, mientras Coosalud, Sanitas y Salud Total habrían salido del territorio. La Plata habría seguido con Nueva EPS y Sanitas, pero sin Salud Total, y Nátaga habría quedado únicamente con la Nueva EPS.
Oporapa y Paicol también habrían quedado bajo administración exclusiva de la Nueva EPS, con salida de Coosalud y Sanitas en el primer caso, y de Sanitas en el segundo.
Palermo habría mantenido a Sanitas y Nueva EPS, mientras Salud Total habría dejado de operar. Palestina habría quedado solo con la Nueva EPS y El Pital habría concentrado toda la atención en esta entidad tras la salida de Salud Total, Sanitas y Coosalud.
Pitalito habría conservado una oferta más amplia con Nueva EPS, Sanitas y Mallamas EPSI, aunque Asmetsalud habría salido del sistema. Rivera, entre tanto, habría seguido con Nueva EPS y Sanitas.
Saladoblanco, San Agustín, Santa María, Suaza, Tarqui y Tesalia habrían compartido un mismo panorama: la Nueva EPS habría quedado como única prestadora tras la salida de Sanitas y Asmetsalud.
Tello habría tenido únicamente a la Nueva EPS, mientras Sanitas y Salud Total se habrían retirado, escenario similar al de Teruel. Timaná habría mantenido a Sanitas y Nueva EPS, pero sin Asmetsalud. Villavieja habría quedado solo con la Nueva EPS y, finalmente, Yaguará también habría consolidado la exclusividad de esta entidad.
sEn conjunto, la Nueva EPS se habría posicionado como la principal receptora de afiliados en el Huila, mientras Sanitas habría conservado presencia en algunos municipios y entidades como Salud Total, Asmetsalud y Coosalud habrían reducido de forma significativa su operación en el departamento.
En pausa
En ese entendido, lo descrito anteriormente quedaría frenado a la espera de una decisión definitiva sobre su legalidad y su impacto en el derecho a la salud de los usuarios, dado que, con la suspensión provisional, el Decreto 182 de 2026 no podrá aplicarse mientras avanzan los procesos judiciales en el Consejo de Estado y en los tribunales administrativos.
El caso seguirá en discusión en la Sección Primera, que deberá resolver la demanda de nulidad y una eventual apelación contra la medida cautelar del Tribunal Administrativo de Antioquia.
Gobierno Petro sigue en la defensa
El Gobierno Nacional, a través del ministro de Salud Guillermo Alfonso Jaramillo, ha defendido en distintos escenarios la necesidad de reorganizar el sistema de aseguramiento, argumentando problemas de sostenibilidad financiera y fragmentación en la atención.
De hecho, la norma, de acuerdo con su exposición de motivos, pretende corregir la fragmentación del sistema y fortalecer la sostenibilidad financiera en zonas con baja densidad poblacional o alta dispersión geográfica, mediante criterios objetivos que limitan el número de EPS habilitadas según categoría municipal y volumen de afiliados.
En la actualidad, el Estado administra varias EPS intervenidas, entre ellas Asmet Salud, Capresoca, Emssanar, Famisanar, Nueva EPS y Servicio Occidental de Salud (SOS), según reportes del sector.
“El Consejo de Estado aquí le hace grave daño a la salud, porque la salud preventiva se hace por circunscripción territorial y no puede hacerse por dispersión de afiliados. El primer pilar de un buen sistema de salud es la salud preventiva”, aseguró el presidente Gustavo Petro.
Reacciones tras suspensión del decreto
La senadora del Partido de la U, que logró gran respaldo del pueblo huilense, Norma Hurtado, celebró la decisión con la que, a su juicio, gana el sentido común.
“Nos hemos opuesto a permitir que 6,6 millones de colombianos fueran usados como fichas de un experimento, obligándolos a saltar a una Nueva EPS que hoy ni siquiera puede con sus propios usuarios. Hoy queda claro que transformar el sistema no es generar caos administrativo, sino asegurar que tu cita, tu medicina y tu tratamiento sigan ahí, sin que el Estado juegue a la ruleta con tu vida”, precisó.
Como era de esperarse, la artífice de esta realidad, Katherine Miranda, dijo que la salud no se improvisa.
“Logramos que el Consejo de Estado frenara el decreto con el que el Gobierno pretendía mover millones de usuarios a la Nueva EPS sin su consentimiento. Una EPS intervenida por el mismo Gobierno y que hoy enfrenta miles de quejas por demoras, falta de medicamentos y fallas en la atención”, afirmó.

El alcance del Decreto 182 de 2026
El decreto expedido el 25 de febrero de 2026 modificaba las reglas de afiliación y permanencia en las EPS en Colombia. Su objetivo principal era reorganizar la distribución territorial de aseguramiento, estableciendo umbrales de participación mínima para que las EPS pudieran operar en municipios y departamentos.
En la práctica, la norma implicaba una depuración del sistema: varias EPS quedarían excluidas en determinados territorios por no cumplir con los niveles de afiliación exigidos, y los usuarios de esas entidades serían trasladados a las EPS con presencia autorizada.
De acuerdo con los expedientes judiciales, el impacto del decreto alcanzaba aproximadamente a 6,6 millones de usuarios, de los cuales cerca de 2,6 a 3 millones serían trasladados directamente a la Nueva EPS, la entidad más grande del sistema.
La Nueva EPS, más grande y saturada del país
La Nueva EPS, intervenida por el Gobierno Nacional desde 2024, concentra actualmente alrededor de once millones de afiliados. Con la aplicación del decreto suspendido, habría pasado a atender cerca de catorce millones de usuarios en más de 500 municipios, según los cálculos revisados por el Consejo de Estado.
El tribunal identificó que la entidad sería el único operador disponible en 502 municipios, cifra que posteriormente fue ajustada a 504, debido a la exclusión de otras EPS que no cumplirían los umbrales exigidos por la nueva regulación.
En su análisis, la magistrada ponente Nubia Margoth Peña advirtió que la concentración de usuarios en una sola entidad, en medio de una red fragmentada y con restricciones operativas, podría afectar la continuidad del servicio de salud.
Tomado de la Nación.
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